
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE LA MPD DEL PRONATEL |
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La MPD (en adelante MPD) es un canal adicional que el Programa Nacional de Telecomunicaciones (en adelante PRONATEL) pone a disposición de los usuarios para presentar documentos e iniciar trámites desde cualquier lugar del país. Los trámites y procedimientos iniciados a través de la MPD tienen la misma validez que los realizados a través de la Mesa de Partes presencial. Por ello, como ciudadano y/o representante legal de la persona jurídica y/o entidad que represento, DECLARO y ACEPTO conocer los términos y condiciones de uso de la MPD, los cuales se detallan a continuación: |
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I. |
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REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS: |
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1. |
Los usuarios pueden presentar los documentos y anexos que resulten necesarios para iniciar y ejercer sus derechos. |
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2. |
Los documentos que se ingresan a través de la MPD deben estar ordenados, completos, legibles, foliados, escaneados y debidamente firmados (firma manuscrita, escaneada o firma digital), en cumplimiento con los requisitos indispensables de presentación de acuerdo con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. |
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3. |
Asimismo, los documentos presentados deben ser subidos en formato PDF y estar firmados conforme a los tipos de firmas (manuscrita, digitalizada o escaneada, electrónica y digital), y el tamaño máximo no debe exceder los 25 MB. Se permite adjuntar anexos adicionales al documento principal, siendo que el tamaño máximo de cada anexo no debe ser mayor de 10 MB. En caso de documentación que se encuentre en formato diferente al PDF y/o superior a los 10 MB, se podrá presentar a través de un enlace drive o link para descargar archivos, el mismo que debe estar consignado en el documento presentado. |
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4. |
Durante cualquier etapa del trámite, de considerarlo necesario, el PRONATEL podrá solicitar la presentación de los documentos originales. |
II. |
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HORARIOS Y PLAZOS DE ATENCIÓN: |
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1. |
La MPD del PRONATEL, se encuentra habilitada las 24 horas del día, durante los 7 días de la semana, para la presentación de documentos e inicio de trámites. |
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2. |
Los documentos presentados a través de la Mesa de Partes Digital entre las 00:00 horas hasta las 23:59 horas de un día hábil se consideran recibidos el mismo día y, los documentos que sean presentados los sábados, domingos, feriados o cualquier otro día no hábil, se considerarán recibidos el primer día hábil siguiente. |
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3. |
Para fines del cómputo de plazos, los documentos presentados los sábados, domingos, feriados o cualquier otro día no hábil, se considerarán presentados al primer día hábil siguiente. |
III. |
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RESPONSABILIDADES: |
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El usuario es responsable del uso de la MPD del PRONATEL y de los accesos obtenidos. La confidencialidad de la clave de acceso a la MPD del PRONATEL, es responsabilidad exclusiva de los usuarios. Si estos deciden delegar en un tercero el registro de sus documentos, lo hacen bajo su entera responsabilidad. |
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Asimismo, el usuario es responsable de la información que registra y presenta a través de la MPD, los mismos que se encuentran condicionados al Principio de Presunción de Veracidad y al Principio de Privilegio de Controles Posteriores del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. |
IV. |
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RESTRICCIONES DE USO |
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La MPD del PRONATEL deberá usarse para fines lícitos y exclusivamente para presentar documentos e iniciar algún trámite y/o procedimiento ante el PRONATEL. |
V. |
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PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES |
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En cumplimiento con lo dispuesto por la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, desde el momento de su ingreso y/o utilización de la MPD, el usuario da expresamente su consentimiento para el tratamiento de los datos personales que por él sean facilitados o que se faciliten a través de su ingreso al sistema. |
TERMINOS Y CONDICIONES PARA LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA POR MEDIO DEL BUZÓN ELECTRÓNICO |
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Conste por el presente, el acuerdo de uso de la Plataforma de Notificación Electrónica del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL (Buzón Electrónico), que asumo como ciudadano y/o representante legal de la persona jurídica y/o entidad que represento; por lo que, DECLARO y ACEPTO expresamente conocer los términos y condiciones de acceso y uso de la notificación electrónica, los mismos que a continuación se detallan: |
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1. |
Acepto la creación de la casilla electrónica y ser notificado electrónicamente a través de esta, la cual tiene la misma validez y eficacia que aquellos efectuados a través de la notificación personal física. |
2. |
Con respecto al ingreso del sistema y uso de la notificación electrónica, soy responsable de los accesos obtenidos, comprometiéndome a no ceder ni transferir bajo ninguna modalidad ni circunstancia, mi usuario y contraseña; siendo en todo caso, único responsable del uso que terceras personas pudieran darle. |
3. |
Acepto que la notificación electrónica que devenga de cualquier trámite iniciado en el PRONATEL es válida desde la confirmación del acuse de recibo, el cual se genera desde el momento que accedo al mensaje en mi buzón de notificaciones, y aun así no ingrese dentro del plazo de 5 días hábiles a mi buzón de notificaciones, este surtirá efectos legales a partir del primer día hábil siguiente de transcurrido dicho plazo, de acuerdo a lo establecido en el numeral 59.8 y 59.9 del Artículo 59 del Decreto Supremo N°075-2023-PCM “Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N°1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado mediante el Decreto Supremo N°029-2021-PCM”. |
4. |
Acepto que, la notificación de actos administrativos emitidos por la Dirección de Fiscalización y Sanción se considera efectuado en la fecha de su depósito, según lo establecido en el inciso b) del artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario; y, surtirá efecto desde el día hábil siguiente al de su depósito, conforme al artículo 106 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modificatorias. |
5. |
Acepto que constituye exclusiva responsabilidad de mi parte, el omitir (por cualquier circunstancia) ingresar al buzón electrónico para tomar conocimiento oportuno de las notificaciones electrónicas remitidas. |
6. |
Soy responsable de mantener activo y revisar de manera frecuente y constante mi correo electrónico, a efectos de recibir las alertas de notificación electrónica que pudiera efectuar el PRONATEL. Asimismo, acepto que la omisión del envío de la alerta de notificación no invalida el acto de notificación realizado a mi casilla electrónica. |
7. |
Soy responsable de informar al PRONATEL, el cambio de la cuenta de correo electrónico personal, donde recibo las alertas de notificación; en ese sentido, para realizar dicho cambio debo comunicarlo al correo electrónico: atenciónalciudadano@pronatel.gob.pe. |